Constitución de la Confederación Granadina

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Constitución Política de la Confederación Granadina

Primera página de la Constitución de 1858.
Documento Texto constitucional
Idioma Español
Promulgación 22 de mayo de 1858 (165 años)
Reemplaza a Constitución de la Nueva Granada de 1853
Derogación 8 de mayo de 1863
Reemplazado por Constitución de Colombia de 1863
Ubicación Bogotá
Constitución de Colombia
Texto original de la Constitución vigente
Preámbulo
Títulos
Historia constitucional
Gran Colombia 1821
Nueva Granada 1832, 1843, 1853, 1858
Colombia 1863, 1886, 1991
Reformas a la constitución de 1991
Reformas ratificadas
La trigésimo primera reforma se conoce como el Equilibrio de Poderes
Reformas no ratificadas

Otros países
Portal de Colombia
Portal de Derecho

La Constitución Política de la Confederación Granadina fue la Carta Política Nacional que rigió la vida constitucional de Colombia desde 1858 hasta 1863 cuando fue derogada por la Constitución de 1863. Esta constitución marcó el nacimiento del federalismo en el país, cambiando el nombre de la República de la Nueva Granada por el de Confederación Granadina.

Principios fundamentales

La Confederación Granadina se componía de ocho estados, a los que se les otorgaron amplios poderes, incluida la posibilidad de legislar y elegir a su presidente (previamente designado por el gobierno central).

El artículo 8 establecía que todo lo que no fuese competencia del Gobierno de la Confederación sería responsabilidad de los Estados. La competencia del gobierno confederal se resumía en el artículo 15 de la constitución:

  • La organización y reforma del gobierno nacional;
  • Las relaciones de la confederación con las demás naciones;
  • La defensa exterior de la confederación;
  • El orden y la tranquilidad en el interior del país;
  • La organización, dirección y sostenimiento de la fuerza pública;
  • El crédito público de la confederación;
  • La creación, organización, administración y aplicación de las rentas;
  • La creación de nuevos Estados;
  • La admisión de nuevos Estados, cuando pueblos independientes quieran unirse a la Confederación;
  • El restablecimiento de la paz entre los Estados;
  • La decisión de las cuestiones y diferencias que ocurran entre los Estados;
  • La determinación de la ley, tipo, peso, forma y denominación de la moneda;
  • El arreglo de los pesos, pesas y medidas oficiales;
  • Todo lo concerniente a la legislación marítima y a la del comercio exterior y costanero;
  • El mantenimiento de la libertad del comercio entre los Estados; La Confederación Granadina se componía de ocho estados, a los que se les otorgaron amplios poderes, incluida la posibilidad de legislar y elegir a su presidente (previamente designado por el gobierno central).

El artículo 16 enumeraba las competencias que se compartían entre el gobierno central y los estados, los cuales serían el fomento de la instrucción pública, el servicio de correo y la concesión de privilegios exclusivos, o de auxilios para la apertura, mejora y conservación de las vías de comunicación.

Los artículos 41 a 46 especificaban la organización del poder ejecutivo de la confederación. El puesto de vicepresidente se eliminó mientras el presidente era elegido por 4 años por el Congreso.

Los senadores eran elegidos por 4 años mientras que el mandato de los diputados era de 2 años.

Referencias

  1. a b c «Constitución para la Confederación Granadina de 1858». Biblioteca Virtual Miguel de Cervantes. 

Enlaces externos


Predecesor:
Constitución de 1853
Constitución de Colombia
1858-1863
Sucesor:
Constitución de 1863