Hoy en día, Sufragio femenino es un tema de gran relevancia e interés para una amplia gama de personas. Ya sea por su impacto en la sociedad, su importancia histórica, o su relevancia en el ámbito actual, Sufragio femenino es un tema que no deja de fascinar e intrigar a quienes se adentran en él. En este artículo, daremos un vistazo más profundo a Sufragio femenino, explorando sus diferentes facetas y ofreciendo una perspectiva única sobre este tema tan amplio y diverso. A través de un análisis detallado y una mirada crítica, esperamos arrojar luz sobre Sufragio femenino y proporcionar a nuestros lectores una comprensión más completa de este tema que tanto nos impacta.
El sufragio femenino o voto femenino hace referencia al derecho a votar y ser elegidas para desempeñar cargos públicos ejercido por las mujeres, así como a la lucha histórica sufragista por su reconocimiento como derecho político y constitucional, conocido también como sufragismo. Constituye un elemento esencial del sufragio universal y la democracia.
Aun teniendo en cuenta que en muchas culturas las mujeres contaban con derechos políticos o habían luchado por su reconocimiento con anterioridad al siglo XIX, la historiografía occidental suele considerar que el momento inicial del movimiento sufragista contemporáneo se sitúa en 1848, en Estados Unidos, con la Declaración de Sentimientos de Seneca Falls y, pese a que durante el siglo XX la mayoría de los países del mundo han reconocido el derecho de las mujeres a votar y ser votadas, aún hay países que no lo reconocen.
La legislación internacional reconoció el sufragio femenino a través de la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas. En 1948, las Naciones Unidas aprobaron la Declaración Universal de los Derechos Humanos, cuyo artículo 21 declara:
- Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente, escogidos.
- Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país.
- La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.
La Convención sobre los derechos políticos de la mujer (Convention on the Political Rights of Women) fue adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en la resolución 640 (VII), de 20 de diciembre de 1952 y entró en vigencia el 7 de julio de 1954, basándose en el Artículo 21 de la Declaración de Derechos Humanos, y explicitando el derecho de las mujeres al voto y su acceso a cargos públicos. En su Artículo I, la convención dispone:
Las mujeres tendrán derecho a votar en todas las elecciones en igualdad de condiciones con los hombres, sin discriminación alguna.
El momento fundacional del Sufragismo se sitúa históricamente en 1848 con la Declaración de Sentimientos de Seneca Falls.
El movimiento internacional por la reivindicación del derecho al sufragio femenino es alentado y desarrollado por las mujeres sufragistas. Es un movimiento reformista social, económico y político que promovía la extensión del sufragio (el derecho a votar) a las mujeres, abogando inicialmente por el «sufragio igual» (abolición de la diferencia de capacidad de votación por género) en lugar del actual «sufragio universal» (abolición de la discriminación debida principalmente a la raza), ya que este último, en los comienzos de la reivindicación del sufragio femenino fue considerado demasiado revolucionario.
Las sufragistas son miembros de diferentes asociaciones con el mismo objetivo, pero usando diferentes tácticas; por ejemplo, las sufragistas británicas se caracterizaban por un tipo de defensa más combativa. Algunas sufragistas destacadas fueron Emily Davison, Emmeline Pankhurst, Carmen Karr, entre otras. En 1904 se fundó en Berlín por Carrie Chapman Catt, Millicent Fawcett y otras feministas la Alianza Internacional de Mujeres que reivindicaba el sufragio femenino. En otros países el sufragio femenino se logró desde las instituciones del estado mediante leyes que fueron impulsadas directamente por mujeres en la política como el caso de España con Clara Campoamor, Argentina con Alicia Moreau de Justo y Eva Duarte de Perón o México con Elvia Carrillo Puerto.
Los principales objetivos del movimiento feminista evolucionaron a partir del movimiento sufragista, pasaron de reivindicar el voto femenino y la igualdad ante la ley a buscar objetivos más "palpables" fuera del marco legal distanciándose cada vez más del movimiento sufragista entendido inicialmente como una propuesta liberal de igualdad ante la ley.
El feminismo incrementó sus objetivos incluyendo los siguientes: la incorporación de la mujer al trabajo durante la Primera Guerra Mundial, derecho de voto, la mejora de la educación, la capacitación profesional, la apertura de nuevos horizontes laborales y la equiparación de sexos en la familia como medio de evitar la subordinación de la mujer y la doble moral sexual. La gran novedad vino de la amplia movilización colectiva que supo dirigir el movimiento sufragista en determinados países.
El sufragio femenino ha sido aprobado (y revocado) varias veces en distintos países del mundo. En algunos países como Estados Unidos o Sudáfrica el sufragio femenino se ha autorizado antes que el sufragio universal; así, una vez concedido este a los hombres y mujeres de origen caucásico, aún se les seguía negando el derecho a votar a hombres y mujeres de otras etnias. No obstante, en la mayoría de países el sufragio femenino ha sido el que ha llevado al universal.
El sufragio femenino en Argentina se consiguió en 1947, con la sanción de la Ley 13.010 de sufragio femenino, también conocida como ley Evita, por Eva Perón. Esta ley fue aprobada durante el gobierno de Juan Domingo Perón y se puso en vigencia por primera vez en las elecciones presidenciales de 1951.
La ley contó con importantes antecedentes de organización a partir de finales del siglo XIX. Las primeras mujeres en ocuparse por la lucha de sus derechos cívicos, y las primeras en organizarse para ello, fueron las militantes del Partido Socialista y las integrantes del partido Unión Cívica Radical desde fines del siglo XIX y comienzo del siglo XX. Así, Elvira Rawson, Julieta Lanteri y Alicia Moreau de Justo, siguiendo el ejemplo de sus pares europeas, comenzaron a fundar, entre el 1900 y 1910, una serie de agrupaciones en defensa de los derechos cívicos de la mujer.El sufragio femenino en Brasil fue alcanzado en 1932, a partir de la modificación del código electoral brasileño por parte del presidente Getúlio Vargas. Brasil fue uno de los primeros países en autorizar el voto a nivel mundial, ya que para ese entonces, más de cien países prohibían el voto de las mujeres.
Las mujeres pudieron votar para elecciones parlamentarias, pero recién pudieron votar para las elecciones presidenciales en 1945. Dos años después de que se declarara el sufragio femenino en la Constitución brasileña de Brasil, dos mujeres fueron elegidas para el Congreso, diez mujeres fueron elegidas alcaldesas y asambleístas, y treinta mujeres fueron nombradas concejalas en Brasil. Aunque en el pasado los puestos gubernamentales habían estado disponibles para las mujeres, las mujeres no habían ocupado cargos electorales hasta que se ganó el sufragio y el número de mujeres en el gobierno siguió creciendo a lo largo del siglo XX.
Las primeras elecciones de mujeres en Brasil se llevaron adelante en el estado de Río Grande del Norte, en la ciudad de Mossoró. Allí, la combinación de un movimiento de mujeres que buscaba el voto y un gobierno dispuesto a otorgarles derechos políticos, permitió que Celina Guimarães Viana se convirtiera en la primera electora de Brasil.El sufragio femenino en Chile hace referencia al derecho a votos de las mujeres de este país, que comienza con las elecciones municipales del año 1935. En el año 1949, y tras presiones de las organizaciones de mujeres que exigían derechos civiles y políticos, el gobierno de Gabriel González Videla concede el voto a las mujeres, pero negando la ciudadanía y la posibilidad de voto a las que fueran consideradas de ideología izquierdista-marxista.
El sufragio femenino en Chile fue motivo de controversia desde finales del siglo XIX. Ante esa situación, los legisladores crean el art.40 de la ley de elecciones con el fin de prohibir el voto femenino. A comienzos del siglo XX, intelectuales y letrados chilenos discutían acerca de los posibles efectos del sufragio femenino en la sociedad. Por un lado, se consideraba necesaria la preparación educacional y cultural de la mujer antes de tomar su posición como ciudadana. Por otro lado, los diversos partidos políticos, coincidiendo en que la naturaleza no había capacitado a la mujer para ejercer este derecho, delegaron su función a la esfera privada pues se temía que su intromisión en cuestiones políticas pudiera quebrantar el hogar. Esto no descarta el apoyo por parte de diferentes políticos, pues el Partido Conservador fue el primero en presentar un proyecto de ley de sufragio femenino al Congreso por medio del diputado Luis Undurraga en el año 1917; mientras que los grupos anticlericales pertenecientes a partidos a la centro-izquierda veían negativamente esta hipotética ley, dado que se pensaba que las mujeres apoyarían al ala derechista producto de la formación católica.
Estas ideas iniciales fueron cambiadas gracias a la participación de agrupaciones creadas por mujeres con la finalidad de generar igualdad de género. Las instituciones femeninas que influyeron mayoritariamente son el Partido Cívico Femenino (1922) dirigido por Ester La Rivera Sanhueza, el Partido Demócrata Femenino (1924), la Unión Femenina de Chile (1928), el Movimiento Pro-Emancipación de las Mujeres de Chile o MEMCH (1935) con la dirección inicial de Elena Caffarena y la Federación Chilena de Instituciones Femeninas más conocido como FECHIF (1944) fundada y dirigida por Amanda Labarca luego del Primer Congreso Nacional de Mujeres.El sufragio femenino en Ecuador fue garantizado en la Constitución de 1929, convirtiendo a Ecuador en el primer país de América Latina en dar a las mujeres el derecho al voto. El cambio constitucional se dio luego de que la doctora Matilde Hidalgo solicitara votar en las elecciones legislativas de 1924. La solicitud fue aceptada por el Consejo de Estado, convirtiéndola a su vez en la primera mujer de América Latina en votar en una elección nacional.
Para las elecciones generales de 2017 el número de mujeres votantes alcanzó 5.427.261, mientras que los hombres fueron 5.206.173.El sufragio femenino en España hace referencia a los procesos sociales y políticos que permitieron a las mujeres de ese país conseguir el derecho al voto.
El derecho al voto de las mujeres en España fue reconocido por primera vez en la Constitución de 1931, norma fundamental de la Segunda República. La primera vez que votaron en unas elecciones generales fue en las de noviembre de 1933. Posteriormente, tras la Guerra civil española y la instauración del régimen franquista, tanto mujeres como hombres perdieron su derecho al voto, que no recuperarían hasta las elecciones generales de junio 1977, durante la transición democrática que se produjo tras la muerte del Generalísimo Franco.El 21 de abril de 1944, el Comité français de la Libération nationale concede el derecho a voto a las mujeres, lo que quedará confirmado con la ordenanza del 5 de octubre bajo el Gobierno provisional de la República. Este derecho, en cambio, no se hará efectivo hasta las elecciones municipales del 29 de abril de 1945 y, más tarde, en octubre del mismo año, durante las elecciones a la Asamblea constituyente.
El sufragio femenino en Italia es un proceso histórico que se inicia en el siglo XIX, y se plantea en dos formas: el voto administrativo y el voto político. Sufrió un retraso en 1928 cuando hubo una cancelación total del derecho al voto (para hombres y mujeres) pero eventualmente culminó en la aprobación del sufragio universal en 1945.
El sufragio universal en Italia fue aprobado en 1945 tras más de veinte años de fascismo y en un proceso de reconstrucción democrática. Se obtuvo con el decreto legislativo número 23 de 1 de febrero de 1945 aprobado por el nuevo gobierno de Ivanoe Bonomi (1873–1951). El 2 de junio de 1946 las mujeres italianas pudieron votar por primera vez y lo hicieron por la república.
Desde el siglo XIX se escuchaban voces con la reivindicación de la plena ciudadanía para las mujeres. Destaca la sufragista Anna Maria Mozzoni (1837 - 1920). También el menos conocido periodista y político Salvatore Morelli (apodado "el diputado de las mujeres") que en 1867 presentó el primer proyecto de ley reclamando el voto político para las mujeres. Morelli publicó en 1861 La donna e la scienza o la soluzione del problema sociale (La mujer y la ciencia o la solución del problema social) sobre la emancipación femenina, ocho años antes de que John Stuart Mill publicara La esclavitud de la mujer en 1869.El sufragio femenino en el Reino Unido fue aprobado en 1928, luego de intensas movilizaciones por parte de las sufragistas en el Reino Unido.
El 6 de febrero de 1918, se aprobó la Ley de Representación de los Pueblos de 1918, otorgando el derecho de voto a las mujeres mayores de 30 años que cumplían con los requisitos mínimos de propiedad. Alrededor de 8.4 millones de mujeres obtuvieron el voto en Gran Bretaña e Irlanda. En noviembre de 1918, se aprobó la Ley del Parlamento (Calificación de la Mujer) de 1918, que permitió a las mujeres ser elegidas en el Parlamento. La Ley de Representación de la Gente (Voto Equitativo) de 1928 extendió el derecho a voto en Gran Bretaña e Irlanda del Norte a todas las mujeres mayores de 21 años, otorgando a las mujeres el voto en los mismos términos que los hombres.El sufragio femenino en Uruguay refiere al proceso iniciado para que las mujeres de Uruguay pudieran alcanzar el derecho al voto.
En 1932, se aprobó la Ley 8.927, que autorizó a las mujeres a votar en las elecciones nacionales.
Paulina Luisi fue una referente indiscutida en los debates y acciones para conseguir este derecho en el país.El sufragio femenino en Venezuela hace referencia al derecho al voto de las mujeres en este país, consolidado constitucionalmente desde la Constitución de Venezuela de 1947 (artículo 81), en la que aparecía por primera vez en el país el voto de las mujeres mayores de 18 años como un derecho.
Durante 1945, las mujeres obtuvieron el derecho al voto a nivel municipal. Finalmente, tras el golpe de Estado en Venezuela de 1945 y la convocatoria a una nueva Constitución, en la que fueran electas mujeres, el sufragio femenino se convirtió en un derecho constitucional en el país.Nota: La tabla puede ordenarse alfabéticamente o cronológicamente, utilizando el icono .
País | Año | Edad de sufragio |
---|---|---|
Afganistán | 1963 | 18 años. |
Albania | 1920 | 18 años |
Alemania | 1918 | 20 años |
Andorra | 1970 | 18 años |
Angola | 1975 | 18 años |
Arabia Saudita | 2015 (elecciones locales) | 18 años |
Argelia | 1962 | 18 años |
Argentina | 1947 | 16 años (desde 2012) 18 años (inicialmente) |
Armenia | 1917 (por aplicación de la legislación rusa) 1919 (por la adopción de su propia legislación) |
18 años (actualmente) 20 años (inicialmente) |
Aruba | 1948 | 18 años |
Australia | 1902 | 18 años |
Primera República de Austria | 1919 | 16 años (desde 2007) 20 años (inicialmente) |
República Democrática de Azerbaiyán | 1918 | 18 años |
Bahamas | 1960 | 18 años |
Bangladés | 1972 (desde la independencia) | 18 años |
Barbados | 1950 | 18 años |
Baréin | 2002 | 18 años |
República Popular Bielorrusa | 1919 | 18 años |
Bélgica | 1919/1948(b) | 18 años |
Honduras Británica (hoy: Belice) | 1954 | 18 años |
Dahomey (hoy: Benín) | 1956 | 18 años |
Bermuda | 1944 | 18 años |
Bután | 1953 | 18 años |
Bolivia | 1938 | 18 años |
Botsuana | 1965 | 18 años |
Brasil | 1932 | 21 años |
Brunéi | 1959 (elecciones suspendidas desde 1965) | 18 años (solo elecciones locales) |
Reino de Bulgaria | 1938 | 18 años |
Alto Volta (hoy: Burkina Faso) | 1958 | 18 años |
Birmania Británica | 1922 | 18 años |
Burundi | 1961 | 18 años |
Cabo Verde | 1975 | 18 años |
Reino de Camboya | 1955 | 18 años |
Camerún británico (hoy: Camerún) | 1946 | 20 años |
Canadá | 1917 | 18 años (desde 1970) 21 años |
Catar | 1999 | 18 años |
Chad | 1958 | 18 años |
Checoslovaquia (hoy: República Checa y Eslovaquia) | 1920 | 18 años |
Chile | 1934 (elecciones municipales), 1949 (elecciones presidenciales y parlamentarias) | 18 años (actualmente) 25 años (inicialmente, solo en elecciones locales) |
China | 1949 | 18 años |
Chipre | 1960 | 18 años |
Colombia | 1957 | 18 años |
Comoras | 1956 | 18 años |
Congo | 1963 | 18 años |
Corea del Norte | 1946 | 17 años |
Corea del Sur | 1948 | 19 años |
Costa Rica | 1949 (se hizo efectivo en 1953 en un plebiscito) | 18 años |
Costa de Marfil | 1952 | 19 años |
Cuba | 1934 | 16 años |
Curazao | 1954 | 18 años |
Dinamarca (luego incluyendo a Islandia) | 1915 | 18 años |
Ecuador | 1924 | 18 años (facultativo desde los 16) |
Egipto | 1956 | 18 años |
El Salvador | 1939 | 18 años |
Emiratos Árabes Unidos | 2006 (sufragio limitado para ambos, hombres y mujeres) | (a) |
España | 1931 | 18 años |
Estados Unidos | 1967 («mujeres negras»; las mujeres blancas podían votar desde 1920) | 18 años |
Estonia | 1917 | 18 años |
Imperio etíope (luego incluyendo a Eritrea) | 1955 | 18 años |
Fiyi | 1963 | 21 años |
Filipinas | 1937 | 18 años |
Finlandia | 1906 | 18 años |
Francia | 1944 | 18 años |
Gabón | 1956 | 21 años |
Gambia | 1960 | 18 años |
República Democrática de Georgia | 1918 | 18 años |
Ghana | 1954 | 18 años |
Gibraltar | (a) | 18 años |
Grecia | 1930 (elecciones locales, solo aquellas que sepan leer y escribir), 1952 (incondicional) | 18 años (desde 1952), 30 años (en 1930) |
Groenlandia | 1915 | 18 años |
Guam | (a) | 18 años |
Guatemala | 1946 | 18 años |
Guernsey | (a) | 18 años |
Guinea | 1958 | 18 años |
Guinea-Bissau | 1977 | 18 años |
Guinea Ecuatorial | 1963 | 18 años |
Guyana | 1953 | 18 años |
Haití | 1950 | 18 años |
Honduras | 1955 | 18 años |
Hong Kong | 1949 | 18 años |
República Popular de Hungría | 1918 | 18 años |
India | 1947 (desde la independencia) | 18 años |
Indonesia | 1937 («europeas»), 1945 | 17 años (personas casadas sin importar la edad) |
Irán | 1963 | 18 años |
Irak | 1980 | 18 años |
Irlanda | 1918 | 18 años |
Isla de Man | 1881 | 16 años |
Islas Caimán | 1959 | 18 años |
Islas Cook | 1893 | 18 años |
Islas de Barlovento Británicas (hoy: Antigua y Barbuda, Islas Vírgenes Británicas, Montserrat, San Cristóbal y Nieves, Anguila) | 1951 | 18 años |
Islas de Sotavento Británicas (hoy: Granada, Santa Lucía, San Vicente y las Granadinas, Dominica) | 1951 | 18 años |
Islas Malvinas | 1968 | 18 años |
Islas Marshall | 1979 | 18 años |
Islas Salomón | 1974 | 21 años |
Israel | 1948 (desde la independencia) | 18 años |
Italia | 1946 | 18 años (excepto para elecciones del senado, donde el mínimo de edad es 25 años) |
Jamaica | 1944 | 18 años |
Japón | 1945 | 18 años |
Jersey | (a) | 16 años |
Jordania | 1974 | 18 años |
República Socialista Soviética de Kazajistán | 1924 | 18 años |
Kenia | 1963 | 18 años |
República Socialista Soviética de Kirguistán | 1918 | 18 años |
Kiribati | 1967 | 18 años |
Kuwait | 2005 | 21 años |
Reino de Laos | 1958 | 18 años |
Lesoto | 1965 | 18 años |
Letonia | 1917 | 18 años |
Líbano | 1952 (con la prueba de educación elemental), 1957 (no es necesaria la prueba). | 21 años |
Reino de Libia | 1964 | 18 años |
Liberia | 1946 | 18 años |
Liechtenstein | 1984 | 18 años |
Lituania | 1917 | 18 años |
Luxemburgo | 1919 | 18 años |
Macao | (a) | 18 años |
Madagascar | 1959 | 18 años |
Federación Malaya (hoy: Malasia) | 1957 | 21 años |
Malaui | 1961 | 18 años |
Maldivas | 1932 | 21 años |
Malí | 1956 | 18 años |
Malta | 1947 | 18 años |
Marruecos | 1963 | 18 años |
Mauricio | 1956 | 18 años |
Mauritania | 1961 | 18 años |
México | 1953 | 18 años |
Estados Federados de Micronesia | 1979 | 18 años |
República Socialista Soviética de Moldavia | 1940 | 18 años |
Mónaco | 1962 | 18 años |
República Popular de Mongolia | 1924 | 18 años |
República Popular de Mozambique | 1975 | 18 años |
Namibia | 1989 (desde la independencia) | 18 años |
Nauru | 1968 | 20 años |
Nepal | 1951 | 18 años |
Nicaragua | 1955 | 16 años |
Níger | 1948 | 18 años |
Nigeria | 1958 | 18 años |
Noruega | 1913 | 18 años |
Nueva Zelanda | 1893 | 18 años |
Omán | 2003 | 21 años |
Países Bajos | 1919 | 18 años |
Pakistán | 1947 (desde la independencia) | 18 años |
Palaos | 1979 | 18 años |
Panamá | 1941 | 18 años |
Papúa Nueva Guinea | 1964 | 18 años |
Paraguay | 1961 | 18 años |
Perú | 1955 | 18 años |
Islas Pitcairn | 1838 | 18 años |
Polinesia Francesa | (a) | 18 años |
Polonia | 1917 | 18 años |
Portugal | 1931 | 18 años |
Puerto Rico | 1929 («alfabetizadas»); 1935 («universal») | 18 años |
Reino Unido (luego incluyendo a Irlanda) | 1918 y 1928 | 18 años, antes 30 y luego 21 años |
República Centroafricana | 1986 | 21 años |
Zaire (hoy: República Democrática del Congo) | 1967 | 18 años |
República Dominicana | 1942 | 18 años |
Ruanda | 1961 | 18 años |
Reino de Rumania | 1938 | 18 años |
Gobierno Provisional Ruso | 1917 | 18 años (actualmente) 20 años (inicialmente, para la Duma Municipal) 21 años (inicialmente, para la ACR) |
Samoa | 1990 | 21 años |
San Marino | 1959 | 18 años |
Santa Elena | (a) | (a) |
Santo Tomé y Príncipe | 1975 | 18 años |
Senegal | 1945 | 18 años |
Seychelles | 1948 | 17 años |
Sierra Leona | 1961 | 18 años |
Singapur | 1947 | 21 años |
Sint Maarten | (a) | 18 años |
Siria | 1949 | 18 años |
Somalia | 1956 | 18 años |
Ceilán (hoy: Sri Lanka) | 1931 | 18 años |
Sudáfrica | 1930 («blancas»); 1984 («indias»); 1994 («negras») | 18 años (21 años inicialmente hasta que bajó en 1960) |
Sudán | 1964 | 17 años |
Suecia | 1921 | 18 años |
Suiza | 1971 (a nivel federal); 1959-1991 (a nivel local cantonal) | 18 años |
Guayana Neerlandesa (hoy: Surinam) | 1948 | 18 años |
Suazilandia | 1968 | 18 años |
Tailandia | 1932 | 18 años |
Taiwán | 1947 | 20 años |
Tanzania | 1959 | 18 años |
República Socialista Soviética de Tayikistán | 1924 | 18 años |
Timor-Leste | 1976 | 17 años |
Togo | 1945 | 18 años |
Tonga | 1960 | 21 años |
Trinidad y Tobago | 1946 | 18 años |
Túnez | 1959 | 18 años |
República Socialista Soviética de Turkmenistán | 1924 | 18 años |
Turquía | 1930 (para elecciones locales), 1934 (para elecciones nacionales) | 18 años |
Tuvalu | 1967 | 18 años |
República Socialista Soviética de Ucrania | 1919 | 18 años |
Uganda | 1962 | 18 años |
Uruguay | 1917/1927(c); 1932 a nivel nacional | 18 años |
República Socialista Soviética de Uzbekistán | 1938 | 18 años |
Vanuatu | 1975 | 18 años |
Venezuela | 1946 | 18 años |
Vietnam | 1946 | 18 años |
Yemen del Sur (hoy: Yemen) | 1967 | 18 años |
Yibuti | 1946 | 18 años |
Yugoslavia (hoy: Bosnia y Herzegovina, Croacia, Eslovenia, Macedonia, Montenegro, Serbia) | 1945 | 18 años |
Zambia | 1962 | 18 años |
Rodesia del Sur (hoy: Zimbabue) | 1919 | 21 años |
Nota: